jueves, 26 de febrero de 2009

Deudores y el "Seguro de Desempleo"


En dias pasados Trigo y algunos compañeros teniamos dudas sobre los seguros de desempleo.


Encontré esta noticia ojeando el Gráfico impreso:


EL SEGURO DE DESEMPLEO SE CONTRATA CON UN CRÉDITO, ASEGURA EL PAGO DE LA DEUDA EN SITUACIÓN CRÍTICA.

Verónica Valdéz.


¿Hay algo pero que estar desempleado? Sí, estar desempleado, endeudado, tener un seguro de desempleo y no poder disponer de éste.

Es como tener un salvavidaas desinflado a la mitad de una alberca de cinco metros de profundidad y no saber nadar...glu...glu...


Tome nota, cuando una persona contrata un crédito de largo plazo, es decir un hipotecario o un automotriz (en algunos casos también en tarjetas de crédito) los negocios financieros requieren la contratación de un seguro de desempleo y de esta manera cerciorarse que el crédito continuará pagándose por un periodo determinado -aproximadamente seis meses--aunque el deudor pierda su trabajo.


Contratar estos seguros no garantiza la cobertura total. De la misma manera que los seguors de vida, los de desempleo tienen limitaciones y no proceden cuando el cese es por conflictos sindicales, robos, peleas, posesión o consumo de droga o si el trabajador renunció.


Por otra parte, cuando un deudor se ha quedado sin empleo y quiere hacer efectivo dicho seguro tiene que cumplir con una serie de requisitos, entre ellos, una carta del patrón donde mencione que el deudor perdió su trabajo por causas ajenas a él, que su contrato era por tiempo indefinido y con una antigüedad en la empresa superior a dos años.


Aqui comienza el problema, pues difícilmente una empresa entrega este tipo de documentos, ya que teme sean usados en su contra. No tener ese documento impide hacer efectivo el seguro. Ante tal negativa, el deudor podrá poner una controversia laboral ante un juez, sin embargo, durante el tiempo que duré el procedimiento no se puede cubrir el adeudor y los intereses respectivos.

La demanda no garantiza que el seguro proceda, pues dependerá de las condiciones y exclusiones que marca el contrato de adhesión, explica Enrique Arias Zamarripa, director de Registro y Análisis financiero de la Condusef. Los deudores dice, deben conocer muy bien las condiciones del contrato, cuándo se puede accede al seguro y cuándo no. Los limites y las situaiciones en que el cliente puede recurrir a él.

...

Por otro lado quienes tienen una deuda hipotecaria con el Infonavit o Fovissste, podrían ver la posibilidad de usar las cuotas obrero-patronales que se tienen en ese rubro para erogar esa carga, indicó Arias Zamarripa.

Evitar acuidir a despachos o asociaciones donde se carece de experiencia y lejos de ayudar al usuario lo confunden.


Saludos

1 comentario:

Anónimo dijo...

[b] greetings, i found this web-shop and planing to try it. wonder if anyone purchased cookbook software from them, any advice please?[/b]