viernes, 24 de julio de 2009

ES ILEGAL EL EMBARGO DE BANCOS HACIA LAS CUENTAS DE NÓMINA


El que en algunas cláusulas vengan en un contrato no significa que sean legales, por ejemplo ahí en las cláusulas bancarias viene con letra mirruñita solo vista a través de un microscopio, una cláusula donde bancos dice que se tomará la total libertad de tomar de cualesquier otra cuenta que poseas con ellos, el debito correspondiente en caso de incumplimiento de pago y ahí por supuesto viene incluida la cuenta de nomina. Ok concuerdo que al firmarlo se esta autorizando en los hechos que así sea, aunque no especifiquen que incluya a la de nomina solo dice generalizando TODAS, y no lo especifican por que saben que si viene por escrito ahí si que se los atoraría cualquier buen abogado ya que en los hechos el embargar el salario de un cuentahabiente de una cuenta exclusiva para pago de nomina es ANTICONSTITUCIONAL y es un delito por parte de bancos, ya que los salarios solo pueden ser embargados por pensiones alimenticias únicamente; sin embargo lo hacen, dejando sin comer a sus usuarios y pasándose las leyes federales del trabajo y la Constititución con singular alegría y pachoneria.

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