viernes, 19 de marzo de 2010

ANATOCISMO BANCARIO A LA INVERSA: IMPROCEDENTE


Esperanza inútil
De mantenerse intacta la agenda prevista por el pleno de la Suprema Corte, esta semana se le aplicará la puntilla a los ahorradores que entablan juicios multimillonarios contra los bancos al exigir letra por letra el cumplimiento de réditos pactados en la época de tasas gordas

¿Se acuerda usted del escándalo provocado por el reclamo de una mujer michoacana llamada Celia Reyes, quien exigía al Banco Bital algo así como 400 mil millones de pesos por un par de cuentas abiertas 15 años atrás en el Banco Del Atlántico, al que se engulló éste?

En este caso el eje del conflicto lo ubica una solicitud de amparo de Banamex, filial del Citigroup de Estados Unidos, contra una resolución en firme del Tribunal Superior de Justicia de Chihuahua que ordena pagarle a un cliente el inaudito de 250 mil millones de pesos..
La sentencia, tras un largo y ríspido juicio local, se expidió el 4 de septiembre de 2006, manteniéndose sin ejecución hasta la fecha, ante la presión del banco para que el caso fuera atraído por la Suprema Corte.

Y aunque el expediente llegó a ésta semanas después, el desahogo se ha demorado una y otra vez ante las presiones del abogado del cliente inconforme, es decir el ex senador Diego Fernández De Cevallos.

La paradoja del caso es que el ex candidato a la presidencia de la República se ubicó justo en la trinchera opuesta frente al otro caso emblemático de lo que podría ubicarse como anatocismo a la inversa, es decir el derecho de los bancos de cobrarle a clientes morosos intereses sobre intereses.

Fernández De Cevallos fue el abogado de Bital en el litigio contra Celia Reyes.
Se diría que en el caso Chihuahua —cuyo nombre del cliente se mantiene bajo siete llaves—, pelea contra los argumentos que en aquel entonces eran válidos para ahorrarle una colosal fortuna a la intermediaria.

Más aún, se da el caso que su entonces rival en el juicio anterior, Víctor Blacke, es hoy su socio en el cambio de chaqueta.
Total, arrieros somos…

Colocada originalmente en 1987 una inversión bajo el esquema de Pagaré con rendimiento liquidable al vencimiento de 400 mil viejos pesos a 28 días, con renovación automática, ésta se pactó a una tasa de interés bruta de 12 por ciento, además de una sobretasa de 81.87.

En total, pues, el rédito alcanzaba 91.35, es decir que año con año la cantidad se duplicaba.
El depósito, concretamente, se realizó el 28 de mayo de 1987, a unas semanas del crack de la Bolsa, a cuyo impacto se generó una crisis que derivó en una inflación de 160%.

Analizado el caso por jueces locales, éste se elevó hasta el Supremo Tribunal de Chihuahua, quien expidió una sentencia contra Banamex que lo obligaba a pagar hace tres años mil 462 millones de pesos… más lo que se fuera acumulando en tanto la resolución permaneciera sin ejecución.

Un cálculo simple hablaría, decíamos, de 250 mil millones.
Naturalmente, Banamex no se quedó con el golpe que le habría colocado en situación de extrema debilidad, logrando que en 2007 el asunto fuera atraído por la Suprema Corte para el punto final.

Tres años después se está colocando el asunto en la orden del día, con la novedad de que de prosperar la ponencia que pondrá a consideración del pleno el ministro Juan Silva Meza, el gozo de Diego, Blacke y cliente anónimo que le acompaña se irá al pozo, al otorgársele el amparo solicitado a Banamex.

La tesis es idéntica a la planteada para disolver la esperanza de la señora Celia Reyes: Ningún banco puede ofrecer tasas ajenas a las que marca el Banco de México como máximo a pagar en depósitos a plazo fijo. El banco, pues, está obligado a cubrir el principal del depósito y los réditos correspondientes… sobre la base de lo que haya determinado el Instituto Central en la época respectiva, o en su caso el artículo 362 del Código de Comercio.

No hay, pues, capitalización de intereses …a diferencia, naturalmente, del anatocismo que la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación validó como legal hace 10 años.
Lo que para los bancos es bueno, para el cliente es abuso.

Más aún, la ponencia de Silva Meza habla de que no existió ningún pacto expreso para que se capitalizaran los intereses generados por el depósito realizado, además de que la intermediaria incurrió, ¡válgame Dios!, en un acto ilegal al pactar tasas tan elevadas.

La intención de la Corte, naturalmente, es dictar jurisprudencia frente a reclamos similares, con la intención de “crear un precedente de gran repercusión para las instituciones bancarias con motivo de los contratos que en el futuro celebren”.

Tache, pues, para Fernández de Ceballos… por más que se reivindica su tesis cuando se colocó del otro lado de la barra.
Esperanza inútil.

http://www.eluniversal.com.mx/columnas/82977.html


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Si recuerdo esas épocas en las que bancos ofrecían una tasa a plazo fijo de mas del 90% anual, toda la gente corría a deshacerse de lo que tenia para irlo a meter al banco; el dinero desapareció debajo de los colchones y de los marranitos de barro; incluso un tío de provincia se vino directamente a depositar una muy buena cantidad que tenia ahorrada en Banamex, todo contento hacia alegres cuentas imaginando cuanto le dejaría el banco ; si era mucho lo que estaban pagando los bancos en aquellos años.
Y vaya, como bien dice el artículo, el anatocismo, que es el cargo de interés sobre intereses, agregados a capital, es totalmente legal y procedente para las deudas de los usuarios de la banca en México, pero totalmente improcedente para los clientes de servicios de ahorro e inversión de la banca.!Para Ripley! Lo que le convenga al banco finalmente.
Al dia de hoy los bancos apenas dan el ridículo 4% anual si bien nos va. A regresar los ahorros bajo el colchón o al marranito.

Por otro lado muy “curiosa” la actitud de Diego Fernández de Ceballos, mejor conocido como el “Abogado del Diablo”, y aquí una vez más se confirma su mercenarismo, en unas funciona como defensor del banco, en otras como su demandante. Ja, ya ni nos sorprende.

Gabby

3 comentarios:

Anónimo dijo...

Muy buen articulo, estoy casi 100% de acuerdo contigo :)

Anónimo dijo...

Muchos saludos, muy interesante el articulo, espero que sigas actualizandolo!

Unknown dijo...

¿En dónde puedo encontrar la jurisprudencia final?

Gracias.